lunes, 26 de octubre de 2009

Penas multa, justicia segmentada.

Las penas multa son sanciones económicas (que pueden ir de dos a 400 euros por día de condena) para pequeños delitos o faltas. Pero si la persona condenada no paga, la multa se convierte en cárcel, arresto domiciliario o la realización de trabajos para la comunidad. Esta modalidad de penas fue incorporada al arsenal judicial con la reforma del Código Penal de 1995. Su principal justificación es que esta nueva sanción respetaba la supuesta función resocializadora de la cárcel al sustituir las penas privativas de libertad por otro tipo de castigos.

Según Emma Roig, de la Assemblea contra les Penes Multa, “ya entonces había mucha población reclusa con condenas inferiores a dos años. Consideraban que encarcelar por ese período rompe los vínculos sociales pero no tiene función reinsertora. Se buscó reducir el número de reclusos y aumentar los ingresos del Estado”. Por su parte, Iñaki Rivera, director del Observatorio del Sistema Penal y los DD HH de la Universitat de Barcelona, considera las penas multa un “sistema de criminalización de la pobreza. No son alternativa a la cárcel, sino que contribuyen a su existencia y supervivencia”.

En 1999 la Fiscalía General del Estado instó a “suavizar” su régimen de cumplimiento para impedir que se asimilaran a la prisión. Pero cinco años más tarde, este mismo organismo rechazó que se examinara a fondo la situación económica de la persona condenada y recomendó imponer la cuota mínima sólo en casos de indigencia o miseria. Además, la reforma penal de 1995 había eliminado la figura de la insolvencia económica y había abierto la puerta a embargar todos los bienes a quien no pagara una sanción hasta dejarle como recursos sólo el equivalente al salario mínimo interprofesional. El resultado, según Rivera, es que “cumple menos pena quien más paga, no quien menos delinque”.

Según Roig, actualmente las penas multa recaen sobre una población muy diversa: “Por ejemplo, en la cárcel Modelo de Barcelona hay condenados por no pagar multas por beber en la calle o no pasar un control de alcoholemia. En un contexto de crisis como el actual entra más gente porque hay menos recursos para pagar, pero es difícil saber el volumen total”. En 2008, en Catalunya 11.000 personas cumplieron penas de trabajo en beneficio de la comunidad en sustitución del pago de penas multa.

“No pagar las multas”

Estos castigos también han marcado la agenda antirrepresiva de los movimientos sociales en la última década. Dos militantes de CNT y un activista contra el Plan Caufec de Esplugues de Llobregat han sido condenados por una falta de desobediencia y encarcelados por no pagar la multa. Sólo en Catalunya hay ocho casos con condena firme y más de 20 en espera de juicio. Según Roig, “todos se plantean la desobediencia. Nuestra campaña es por la insumisión pero no es una condición irrenunciable ni un alegato a entrar en la cárcel. El objetivo es informar, darse apoyo mutuo y herramientas –existe un Manual de Insolvencia– para evitar la pena”.

L’Assemblea, que propugna no pagar estas multas, (alespenespunyalades.blogspot.com) reúne sectores y casos tan dispares como los de condenas por usurpación (okupación) o sabotear el toro de Osborne. Roig remacha que esta plataforma intenta “centrar el foco en afrontar conjuntamente la represión del Estado y superar los prejuicios, no en las diferentes identidades políticas”.

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